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REALICE SU CONSULTA O PÍDANOS CITA PREVIA

COMPRA-VENTA DE BIENES INMUEBLES  

Documentación necesaria: 

  • D.N.I, Tarjeta de residencia, N.I.E o pasaporte.
  • Régimen económico matrimonial de ambos. Capitulaciones matrimoniales en el caso de Régimen de Separación de Bienes
  • Títulos de propiedad de los vendedores (escritura de herencia, compraventa anterior, declaración de obra nueva…). En este título aparecen los datos de inscripción y descripción de la finca  en el Registro de la Propiedad y Catastro.
  • Si interviene alguna sociedad, los poderes o nombramiento de administradores vigentes y datos de  inscripción en el Registro Mercantil.
  • Referencia catastral (último recibo del IBI) mediante el cual el vendedor justifique estar al corriente del pago de este impuesto, o el estado en que se encuentra  (consulte a este respecto).
  • En las fincas urbanas, certificado de la comunidad de propietarios de que se encuentra al corriente en el pago de los gastos de comunidad.
  • Cédula de habitabilidad, en el caso de compraventa de viviendas, no obstante le asesoraremos de las posibilidades existentes en caso de carecer de ella.
  • Precio de la transmisión y  forma de pago.

Nosotros solicitaremos la certificación descriptiva y gráfica del catastro, con su referencia catastral y también la nota continuada del Registro de la Propiedad, la cual nos mostrará el estado de cargas en que se encuentra la finca. También podemos consultar con la mayoría de los Ayuntamientos el estado de cargas de la finca (si está al corriente del pago de los recibos de IBI) , comunicar la realización de la firma a la Sección de Plusvalía del Ayuntamiento correspondiente, para evitar el cierre registral del registro, y la presentación telemática de la escritura en el Registro de la Propiedad correspondiente.

¿Qué impuestos se pagan por una compraventa?

  • Iva o Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, según el caso, que debe ser pagado por el comprador.
  • Plusvalía, que debe pagar el vendedor.

Existen plazos para el pago de los mismos, además de otros gastos, como la inscripción en el registro de la propiedad. Infórmese, la Notaría puede encargarse de gestionarlos.

 

 

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